El documento incluiría a los promotores de pornografía infantil con sentencia firme
Ciudad de México.- La Cámara de Diputados pretende aprobar este jueves una reforma al Código Penal Federal para crear un registro nacional de pederastas y delincuentes que promuevan la pornografía infantil.
El registro de personas con sentencia firme permitirá identificar públicamente a todo aquel sujeto que hubiese incurrido en esas actividades oprobiosas. Sólo de enero de 1997 a febrero de 2017 se cometieron 29 millones 245 mil 685 delitos sexuales en territorio nacional, como consta en los datos aportados por el secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP).
La reformas a los artículos 24 y 366 del Código Penal Federal permitirán inscribir en ese registro a los sujetos a quienes se ha impuesto como penas la prohibición de acudir a un lugar determinado y la publicación especial de su sentencia.
La prohibición de acudir a un lugar determinado es una medida de seguridad para proteger la integridad de infantes y adultos.
Asimismo, se impondrá pena de tres a 10 años de prisión y de 400 a mil días multa. Además, podrá aplicarse la prohibición de acudir a lugares donde haya concurrencia de niñas, niños o adolescentes, o algún otro, con la finalidad de garantizar la seguridad de la víctima, o que quede sujeta a vigilancia por la autoridad policial hasta por un término igual al de la sanción privativa de libertad.
Cuando la víctima fuese menor de edad o una persona que no tuviera capacidad de comprender el significado del hecho, también se podrá imponer al condenado, además de las penas previstas para esos ilícitos, la prohibición de acudir a lugares donde concurran niñas, niños o adolescentes.
Por tanto, debe definirse a qué lugar está prohibido acudir, pero no de manera generalizada imponer una prohibición para estar donde haya concurrencia de niñas, niños o adolescentes, que sería en cualquier lado y confinaría al sentenciado a no salir de su domicilio.
La reforma tiene problemas estructurales: Emiliano Álvarez
El diputado Emiliano Álvarez (Morena), integrante de la Comisión de Justicia, señaló que la reforma presenta problemas estructurales, porque la publicación de la sentencia, como se propone, es violatoria del derecho a la privacidad y atenta contra el artículo 22 de la Constitución sobre la prohibición de imponer marcas.
Además, “la prohibición de acudir a un lugar determinado es una medida de seguridad para proteger a la víctima. Por tanto, debe quedar establecido a qué lugar está prohibido acudir, pero no de manera generalizada imponer la prohibición para estar ‘donde haya concurrencia de niñas, niños o adolescentes’, que sería en cualquier lado y confinaría al sentenciado a no salir de su domicilio”.
La Organización de Naciones Unidas ha señalado que la explotación infantil se ha detonado en las ciudades fronterizas y el área metropolitana de la Ciudad de México, además de que México forma parte de la lista de países más atractivos para el comercio sexual infantil.
Así, en la alta incidencia delictiva a escala nacional, los delitos sexuales de enero de 1997 a febrero de 2016 arrojan la oprobiosa cantidad de 29 millones 245 mil 685; en 2015 se cometieron un millón 480 mil 192 ilícitos, y a febrero de 2016 la cifra fue de 233 mil 920.
En el mismo periodo, en comparación con el año pasado, se registró un incremento de 2.05 por ciento, es decir, 4 mil 698 delitos más en los primeros dos meses del año, de acuerdo con datos del secretariado ejecutivo del SNSP.
La Jornada