La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida al director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), José Reyes Baeza Terrazas, por irregularidades en el seguimiento médico prenatal otorgado a una mujer, y la muerte de su bebé por inadecuada atención médica en una clínica de Michoacán.
En un comunicado precisó que cuatro médicos de la Clínica Hospital “Roberto Flores Magón”, ubicada en Lázaro Cárdenas, incurrieron en violaciones a los derechos a la salud de la agraviada y a la vida de su hijo, al no actuar con legalidad, honradez, lealtad y eficiencia como servidores públicos.
Puntualizó que el 29 de mayo de 2015, la víctima, que cursaba 37 semanas de embarazo, acudió a esa clínica y fue trasladada al Hospital Naval de Lázaro Cárdenas, donde personal del ISSSTE le practicó una cesárea.
Posteriormente, la madre y el bebé fueron trasladados de nuevo a la Clínica Hospital. Y debido a que el recién nacido se encontraba grave, fue trasladado al Hospital Regional de Alta Especialidad “Vasco de Quiroga” de Morelia, donde falleció dos días después.
En opinión médica de la CNDH, la agraviada no tuvo la adecuada atención médica desde su seguimiento médico prenatal por parte de personal de la Clínica Hospital, ya que presentaba amenaza de parto, por antecedentes de cardiopatía y preclamsia en dos embarazos anteriores. Sin embargo, no se le practicaron estudios suficientes para un tratamiento adecuado del binomio materno-fetal.
En suma, apuntó, el personal médico encargado de la atención médica de la mujer y el recién nacido no pudieron tomar una radiografía portátil al infante porque la Clínica Hospital no contaba con el equipo, y la incubadora en la que fue transportado al Hospital Regional no era funcional, lo que favoreció el deterioro de su estado de salud.
Para la CNDH, lo anterior evidencia la carencia de condiciones mínimas esenciales para garantizar el derecho a la protección de la salud del recién nacido, por lo que existe responsabilidad institucional atribuible al ISSSTE, derivada de la escasez o inexistencia de equipos mínimos hospitalarios.
Además se detectaron irregularidades en la integración de los expedientes clínicos de las víctimas, lo que propició la inobservancia a su derecho de acceso a la información en materia de salud.
Por ello, recomendó al director general del ISSSTE se repare el daño a la víctima y su esposo conforme a la Ley General de Víctimas, y se les brinde atención médica y psicológica de seguimiento en algún centro de atención médica perteneciente al Instituto.
De igual manera, se imparta en la Clínica Hospital un curso integral con perspectiva de género en materia de educación, formación y capacitación sobre derechos humanos que el orden jurídico reconoce a las mujeres, niñas, niños, y adolescentes, y se garantice un trato digno.
Entre otros puntos, también pidió que se emita una circular dirigida al personal médico de la Clínica Hospital en la que se le exhorte, en los casos que así proceda, a entregar copia de la certificación y recertificación que tramite ante los Consejos de Especialidades Médicas, para acreditar su actualización, experiencia y conocimientos.
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