Oaxaca de Juárez, Oax.– El Tribunal Estatal del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó al Presidente Municipal del Ayuntamiento de Santo Domingo Zanatepec, Oaxaca, integrar a Erika Molina López a la Comisión de Hacienda Municipal y se “abstenga de obstaculizar el pleno ejercicio de su cargo, así como realizar acciones que impliquen violencia política y de género en su contra”.
Cabe recordar que Erika Molina inició un Juicio de Derechos Ciudadanos, luego de ser amenazada y agredida por el Presidente Municipal Ramiro Nolasco, quien buscaba desconocerla de su cargo y que en su lugar estuviera un hombre.
En dicho intento la síndica municipal fue objeto de una campaña de difamación con lenguaje sexista y machista, amenazas contra la vida e integridad física de ella y de su familia, agresiones verbales, desconocimiento de su cargo, falta de convocatoria a las actividades correspondientes, entre otras.
El pasado 6 de marzo de 2017 el TEEO ordenó al Presidente Municipal de Santo Domingo Zanatepec: “convocar a una sesión de cabildo en la que, en el orden del día, se encuentre la integración de las comisiones necesarias para el adecuado funcionamiento de los servicios públicos municipales, de conformidad con el artículo 56 de la Ley Organica Municipal Local, entre ellas la Comisión de Hacienda”, en la cual Erika Molina tiene que ser integrada.
Es de mencionar que el Colectivo por la Ciudadanía de las Mujeres ha documentado como una práctica recurrente, el intento o la destitución de las mujeres de las sindicaturas municipales, con el objeto de que no participen en la Comisión de Hacienda y por ende no sean parte de la toma de decisiones relevantes para el desarrollo, uso de los recursos y dirección de su municipio.
Dicho acto violenta el derecho de las mujeres a la participación política y fomenta que sólo se incorporen a espacios de menor o poca relevancia en los ayuntamientos.
En su resolución el TEEO ordena también al presidente municipal “convocar legalmente a la Síndica Erika Molina López, a las sesiones de cabildo de dicho Ayuntamiento, cumpliendo con las formalidades legales; garantizar a la actora un espacio físico para el despacho de los asuntos de su competencia, y el acceso al mismo: además de proporcionarle los recursos materiales y humanos necesarios para que desempeñe funciones; convocar a una sesión ordinaria de cabildo en la cual se encuentre como orden del día, la discusión y en su caso aprobación del organigrama de la sindicatura municipal; asimismo, respecto del personal con que contará la actora, como lo es una asesora legal”. En dicha sesión de cabildo el TEEO ordena que la síndica municipal debe estar presente.
El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca advierte al Presidente Municipal que: “en caso de no cumplir con lo ordenado en esta ejecutoria, de conformidad con lo que prevén los artículos 60 y 61 de la Ley Orgánica Municipal, se dará vista al Congreso del Estado para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en su derecho proceda, respecto a la revocación del mandato”, y que “cuenta con tres días contados a partir del día siguiente a la legal notificación” para implementar dicha resolución.
Como Colectivo por la Ciudadanía por las Mujeres, organización no gubernamental que defiende y promueve los derechos de las mujeres, particularmente su derecho a la participación política, hacemos un llamado para que la resolución del Tribunal sea acatada en tiempo y forma, y así, el derecho a la participación política de Erika Molina, sea garantizado a cabalidad.
Junto con otras organizaciones estatales y nacionales, estaremos atentas de las acciones que realice la autoridad municipal para implementar la resolución del Tribunal Electoral a la brevedad.