Oaxaca, Oax.- Ante la omisión del titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), Arturo Peimbert Calvo, la diputada, María de Jesús Melgar Vásquez, como ciudadana, presentó un Escrito de Petición por el cual solicitó a la Defensoría se active la Alerta de Violencia de Género.
Respaldada por otras mujeres, la integrante de Morena, acudió al inmueble donde atiende el ombudsman e hizo valer su derecho humano que está tutelado en el artículo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 13 de la Constitución Local, el cual permite a cualquier ciudadano realizar solicitudes a cualquier autoridad, mismo que deberá ser contestado en un máximo de 10 días.
Esto debido a que en los últimos seis meses se han registrado 63 feminicidios en todo el estado, lo que representa dos asesinatos de mujeres cada semana sin que las autoridades encargadas de la procuración de justicia hagan algo al respecto, por lo cual, al ser víctima potencial al igual que sus congéneres, Marichuy Melgar, exigió que las autoridades tomen cartas en el asunto.
Luego de entregar el documento, la representante del Distrito XII Santa Lucía del Camino, Melgar Vásquez pidió hablar con Arturo Peimbert, sin embargo el ombudsman no se encontraba en las instalaciones de la Defensoría.
Antecedentes
El pasado siete de junio en su lucha por combatir los feminicidios, la diputada, presentó un Juicio de Amparo ante los tribunales federales para que se active la Alerta de Violencia de Género en la entidad.
También, el pasado 30 de mayo, cuando apenas iban 54 casos de violencia feminicida, la legisladora desde tribuna exhortó al titular de la DDHPO, Arturo Peimbert, a realizar la solicitud para activar la alerta de Violencia de Género en el estado de Oaxaca.
Cabe mencionar que lamentablemente el amparo que presentó la legisladora ante los juzgados federales, fue desechado por un criterio legalista y formalista del juez, ya que consideró que como mujer, Melgar Vásquez no tiene interés legal alguno de reclamar la omisión de la DDHPO de presentar la solicitud para activar la Alerta de Violencia de Género y no por un error técnico o deficiencia de la demanda de amparo.
Finalmente la diputada de Morena, consideró que con estas resoluciones se atenta contra el derecho humano de acceso e impartición de justicia, pues es necesario que los jueces juzguen con perspectiva de género y aseguró que combatirá esta resolución hasta las últimas instancias, buscando justicia para las mujeres.
Datos complementarios
En el año 2014, el país ocupó a nivel mundial el primer lugar en feminicidios de mujeres menores de catorce años, en 2015 a nivel nacional fueron asesinadas 6 mil 648 mujeres, cifra que representa un 48 por ciento más en relación a los años 2007, 2008 y 2009, mientras que en el primer semestre de 2016 se cometieron 10 mil asesinatos, la mayoría de ellos feminicidios, siendo el periodo en que más homicidios se cometieron en relación a los años anteriores.
A nivel estatal, de 2004 a 2010, se cometieron entre cuarenta y sesenta homicidios de mujeres por año, acumulando un aproximado de 283 feminicidios y de 2010 a 2016 se registraron aproximadamente entre 70 y cien feminicidios por año, lo que representó un aproximado de 477 delitos de este tipo.
En los últimos años, la región del Istmo de Tehuantepec registra un 33 por ciento de los feminicidios, seguida por la región de la Costa con un 19 por ciento de los homicidios cometidos contra mujeres en el Estado. La mayoría realizados por arma de fuego, seguido de los golpes y armas punzocortantes, oscilando las edades de las víctimas entre los veinte a cuarenta años.
Definiciones jurídicas:
Escrito de Petición, es un derecho humano que está tutelado en el artículo octavo de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 13 de la Constitución Local, el cual permite a cualquier ciudadano realizar solicitudes a cualquier autoridad, mismo que deberá ser contestado en un máximo de 10 días y la respuesta debe ser congruente con lo solicitado.
Alerta de Violencia de Género, es una serie de medidas de emergencia tomadas por todos los órdenes de Gobierno, colaborando entre sí, a fin que dentro de un territorio determinado se enfrente y erradique la violencia feminicida ejercida por personas en lo individual, o bien, por una población o comunidad, lo anterior es posible conforme a lo establecido en el artículo 22 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Juicio de Amparo, Acción constitucional para proteger y restaurar los derechos humanos cuando han sido violados por un acto de autoridad.
Cabe mencionar que a través del Juicio de Amparo se le puede obligar a la DDHPO a realizar la solicitud para la declaratoria de Alerta de Violencia de Género.