El Tribunal resolvió que el Instituto Electoral excedió sus atribuciones, que se limitan a remover a consejeros solamente en caso de faltas graves.
Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dio marcha atrás a una reforma que graduaba las sanciones aplicables a consejeros locales al considerar que el Instituto Nacional Electoral (INE) violó la ley y se excedió en sus atribuciones al hacer esos cambios.
Los magistrados de la Sala Superior revocaron por tanto las modificaciones hechas al reglamento para la designación y remoción de los consejeros presidentes y electorales de los Organismos Públicos locales (Oples).
Con ello, también se canceló otro cambio que consistía en la creación de listas de reservas de candidatos a consejeros, integradas con quienes ya habían concursado previamente, y el establecimiento de un procedimiento expedito para cubrir vacantes.
En su sesión realizada anoche, los magistrados determinaron por unanimidad que el Consejo General vulneró su facultad reglamentaria “violando los principios de ley y de subordinación jerárquica”.
De manera que le dieron la razón a Morena, PRD, Encuentro Social y al PRI en el sentido de que el INE sólo tiene la facultad de remover a algún consejero cuando cometa una falta grave y para las de menor nivel se les puede aplicar el régimen de responsabilidades administrativas.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón insistió en que el nuevo catálogo de sanciones no tiene sustento constitucional ni legal.
Indicó que los reglamentos expedidos por el INE no pueden incluir elementos contrarios o excedentes a lo previsto por el poder Legislativo.
La Jornada