El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) calificó en sesión especial las elecciones realizadas en diversos municipios de la entidad que se rigen por su sistema normativo indígena.
Como primer punto, calificó como jurídicamente válida la elección extraordinaria de concejales al ayuntamiento del municipio de San Pedro Topiltepec al determinar que la elección cumple con los acuerdos previos adoptados por la comunidad.
Posteriormente, determinó calificar como jurídicamente válida la elección extraordinaria de concejales al ayuntamiento del municipio de San Luis Amatlán ya que los procesos comunitarios, como el proceso electivo en general, se realizaron cumpliendo con las normas y acuerdos establecidos.
De acuerdo a las actas de asamblea y lista de asistencia que obran en el expediente de la elección extraordinaria, se demuestra que en las asambleas generales comunitarias participaron las mujeres de las respectivas comunidades.
Como tercer punto analizado por el Consejo General, se calificó como jurídicamente válida la elección extraordinaria de concejales al ayuntamiento del municipio de San Pedro Ocopetatillo celebrada el 11 de junio de 2017
Los acuerdos establecen que se expida la constancia respectiva, a las ciudadanas y ciudadanos que obtuvieron la mayoría de votos y que integrarán los ayuntamiento respectivos.
El IEEPCO hizo un exhorto a todas las autoridades electas y a las comunidades para que en la próxima elección de sus autoridades, apliquen, respeten y vigilen el derecho a votar y ser votadas de sus ciudadanas y ciudadanos, a fin de garantizar el derecho de acceso a cargos de elección popular en condiciones de igualdad y universalidad.
Posteriormente en sesión extraordinaria, las Consejeras y Consejeros aprobaron los Lineamientos para la destrucción de las boletas y documentos electorales, conservación y desincorporación de los materiales electorales y desactivación de la tinta indeleble utilizados durante el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016.
De tal forma, se instruyó a la Dirección Ejecutiva de Organización y Capacitación Electoral, a efecto de que coordine los trabajos de destrucción bajo el procedimiento ecológico de reciclamiento, considerando las condiciones, recursos e infraestructura disponibles.
Para esta actividad se deben aplicar las medidas de seguridad correspondientes para proteger y conservar el medio ambiente conforme a los Lineamientos de destrucción establecidos en el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.