La Guelaguetza, en “indefensión jurídica”

La Guelaguetza en Oaxaca. Foto: Jesús Cruz

Ciudad de México.- Hace dos años, el abogado Jaime Allier Campuzano presentó ante el Congreso de Oaxaca una iniciativa ciudadana para consagrar en la Constitución estatal a la Guelaguetza.

Ello, debido a que es “expresión cultural intangible de los pueblos oaxaqueños y máxima festividad tradicional”.

Desde entonces y hasta hoy, cuando se celebra la edición 2017 (este lunes 24 de julio), la propuesta ha recibido el silencio.

El planteamiento, entregado el 4 de mayo de 2015, es adicionar un párrafo al artículo 12 de dicha Carta Magna para regular la protección, acceso y difusión de esta fiesta anual –conocida también como los Lunes del Cerro, por realizarse en el Cerro del Fortín los dos lunes posteriores a los cultos a la Virgen del Carmen– y establecer para ello una ley reglamentaria.

Doctor en derecho por la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, Premio Manuel Gamio del Instituto Nacional de Antropología e Historia por su libro Derecho Patrimonial Cultural Mexicano (Crítica a la Normatividad Vigente), autor de varias obras sobre patrimonio, y actualmente magistrado del Décimo Tercer Circuito en Oaxaca, Allier considera en su argumentación jurídica que la Guelaguetza reúne las cualidades como expresión multicultural para ser inscrita en la Lista del Patrimonio Inmaterial de la Humanidad de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

La celebración, describe Allier, reúne a las ocho regiones del estado de Oaxaca, y no está vinculada únicamente a la religión católica sino también a la prehispánica pues se dedica a la diosa del maíz Centeotl (Proceso, 456). Guelaguetza “deriva del vocablo zapoteca ‘Guendalezaa’, que significa ‘ofrenda, presente, cumplimiento’, porque a partir de la Colonia se acostumbró que los ricos hacendados españoles recibieran de los indios, que les cultivaban sus tierras, el presente de las primicias cosechadas en los campos, a las cuales llamaban con aquel término”.

El abogado apela al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual se establece el derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios prestados por el Estado, y el ejercicio de los derechos culturales, así como a otros ordenamientos, entre ellos la Ley de Desarrollo Cultural para el Estado de Oaxaca. Y señala que la Guelaguetza “se encuentra en indefensión jurídica” pues no está regulada ni en la Constitución oaxaqueña ni en la ley estatal de cultura y ni siquiera en reglamento administrativo alguno.

Argumenta que si el tequio (faena o trabajo colectivo) se estableció en el artículo 4º. de dicha Constitución, la Guelaguetza debe estar pues “comparte los mismos valores de aquel: la solidaridad, la reciprocidad y el intercambio de bienes y actividades”, además de haber adquirido fama estatal, nacional e internacional.

La reforma que propone establecería el texto:

“Los pueblos y comunidades de Oaxaca, en uso de su soberanía, reconocen como su principal festividad tradicional a la Guelaguetza. La ley (que se elaboraría a partir de esta reforma) determinará la manera de proteger, acceder y difundir ese bien cultural intangible.”

Vía telefónica desde Oaxaca, Allier Campuzano explica que su iniciativa parte de su amor por la tierra donde nació. Le surgió la idea luego de leer un artículo sobre la Ley del Tango en Argentina, donde se protege como un bien cultural intangible “y se le da la dignidad, la importancia que merece, y se desarrollan puntos muy similares a los que yo propongo”.

El magistrado considera que si estuviese regulada se evitarían varios problemas. Menciona por ejemplo el hecho de que Juchitán y Pinotepa estuvieron a punto de ser excluidos de la celebración de este 2017 por decisión del Comité de Autenticidad. Luego de algunas protestas públicas, entraron finalmente en el programa.

A decir suyo, es necesaria una normatividad efectiva que resuelva este tipo de discrepancias relacionadas con la autenticidad. Recuerda que en alguna ocasión la actriz Verónica Castro bailó “Flor de Piña”, una de las piezas más tradicionales “¡en la mera Guelaguetza!, y se transmitió en una telenovela… esas son deformaciones”.

Acerca de la falta de respuesta a su planteamiento, se le pregunta si acaso como magistrado no tendría más facilidad para impulsarlo:

“No, he tratado de obtener información de manera extraoficial, pero no ha habido absolutamente nada.”

APRO

Este texto se publicó en la edición 2125 de la revista Proceso del 23 de julio de 2017.